Normativas Equipos Emisiones Alcance Reducido
Res.Exenta N°1985, N°737 y N°2219 de SUBTEL
En Chile, la regulación técnica principal para equipos de alcance reducido está contenida en la Resolución Exenta N° 1985 de 2017 de SUBTEL, la cual fija la norma técnica aplicable a distintas categorías de equipos que operan con emisiones radioeléctricas de corto alcance. Esta resolución ha sido posteriormente modificada, entre otras, por las Resoluciones Exentas N° 737 de 2025 y N° 2219 de 2025, que introducen ajustes relevantes en materia de verificación de cumplimiento, publicación de información e implementación de código QR.
En términos generales, estas modificaciones muestran una evolución del sistema chileno hacia un modelo que busca reforzar la trazabilidad, la disponibilidad pública de información técnica y comercial, y la responsabilidad del fabricante o importador respecto del cumplimiento normativo de las emisiones radioeléctricas de equipos de alcance reducido.
Si su empresa comercializa o proyecta comercializar en Chile equipos con emisiones de alcance reducido, resulta recomendable revisar en detalle la categoría normativa aplicable a cada producto, la necesidad de certificación o verificación técnica, y la forma correcta de implementar el código QR y su publicación asociada. Un análisis previo puede ayudar a reducir observaciones o inconsistencias en la información disponible para clientes, canales de venta y autoridad sectorial.
A continuación un resumen de las resoluciones y si desea saber más al final de cada texto encontrará los enlaces pertinentes.
RESOLUCIÓN EX. N°2219
La Resolución Exenta N° 2219, publicada el 24 de noviembre de 2025, ajustó ese régimen antes de su entrada en vigor. Según su texto, SUBTEL recogió dificultades planteadas por distintos actores respecto del cumplimiento de algunas obligaciones introducidas por la Resolución N° 737, especialmente en materias de etiquetado QR, dispositivos sin empaque y forma de publicación para equipos previamente certificados. Por ello, esta resolución precisó el contenido de la publicación web, flexibilizó la ubicación del QR cuando no fuera factible adherirlo al empaque exterior, e incorporó una regla transitoria para equipos que ya hubieran sido autorizados mediante Oficio de Certificación solicitado hasta el 21 de febrero de 2026.
Bajo el régimen hoy vigente, los equipos comprendidos en ciertas categorías de la norma deben contar, antes de su comercialización o cesión a terceros en Chile, con una verificación de cumplimiento de emisiones radioeléctricas respaldada por un Informe de Ensayo o Test Report. Además, deben incorporar un código QR visible, el cual debe dirigir a un sitio web en español con información comercial y técnica del equipo, junto con una declaración de conformidad.
La norma vigente precisa que la publicación asociada al QR debe incluir, entre otros elementos, la fecha de publicación, el nombre comercial del equipo, el fabricante, el importador o representante en Chile, el domicilio, el correo electrónico de contacto, el sitio web, las características técnicas del equipo, el Informe de Ensayo o Test Report y una declaración de conformidad respecto de la norma técnica de equipos de alcance reducido.
La Resolución N° 2219 agregó una regla especialmente relevante para productos que ya contaban con autorización previa: cuando el equipo haya sido autorizado por SUBTEL mediante un Oficio de Certificación, en atención a una solicitud ingresada hasta el 21 de febrero de 2026, será suficiente publicar dicho oficio en reemplazo de la información comercial, técnica y de declaración de conformidad exigida para el nuevo esquema QR. Esto constituye una medida de transición importante para productos previamente certificados.
RESOLUCION Ex. N°737
La Resolución Exenta N° 737, publicada el 22 de mayo de 2025, introdujo una modificación extensa a la norma técnica y estableció un nuevo esquema regulatorio para parte importante de estos equipos. Entre sus cambios más relevantes, dispuso que, para determinadas categorías, el cumplimiento ya no dependería únicamente del esquema tradicional de certificación, sino también de un sistema de verificación técnica sustentada en Informe de Ensayo o Test Report y de la incorporación de un código QR asociado a información publicada en un sitio web en español. La propia resolución fijó una vigencia diferida de nueve meses, lo que situó la entrada en vigor de este nuevo esquema en el 22 de febrero de 2026.
RESOLUCION EX. N°1985
La Resolución Exenta N° 1985 constituye la base normativa. En ella se establecen las categorías de equipos de alcance reducido, las bandas de frecuencia autorizadas y los límites técnicos de operación aplicables según cada tipo de dispositivo. En términos prácticos, esta norma define el marco técnico que permite evaluar si un equipo puede ser comercializado y utilizado en Chile desde el punto de vista de sus emisiones radioeléctricas.